Separación de cuerpos

Separación de cuerpos

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Existen diferencias entre la separación de hecho, de cuerpos y el divorcio. Si bien es cierto, las tres tiene que ver con la decisión de interrumpir la convivencia y poner en pausa la relación conyugal, jurídicamente tienes causas y efectos diferenciales. La siguiente información, la puedes profundizar por medio de una consulta, con un abogado para divorcio de nuestra Firma.

La separación de hecho se da por la iniciativa de uno de los cónyuges, quien toma la decisión de irse y abandonar el hogar por diversos motivos, también se pueda dar por decisión judicial cuando se evidencian problemas de convivencia o maltrato entre la pareja. 

La separación de cuerpo es la interrupción de la convivencia marital en común acuerdo de los esposos, puede ser de manera definitiva o permanente cuando existe la posibilidad de una posible reconciliación.

El divorcio es la ruptura y disolución total de un matrimonio consensuada por los cónyuges y que les da el derecho y la total libertad de establecer nuevas relaciones y volverse a casar.

Para iniciar un proceso en los casos mencionados es importante contar con la asesoría y apoyo de el mejor abogado en divorcios.

De acuerdo a lo mencionado en el Código Civil de Colombia, en el Art. 154, las causales de la separación de cuerpos son las mismas que se aplican para el divorcio.

  1. Cuando los cónyuges, o uno de ellos, tienen o han tenido relaciones sexuales extramatrimoniales.
  2. Embriaguez habitual de uno de los cónyuges
  3. Cuando uno y/o los cónyuges incumplen sin justificación los deberes que tiene por ley.
  1. Por ultrajes y maltratos.
  2. Uso habitual de estupefacientes, excepto prescripción médica.
  3. Cuando uno de los cónyuges pretende corromper o pervertir al otro sobre temas ilícitos, a un familiar o a personas que vivan bajo el mismo techo.
  4. Por solicitud de ambos cónyuges ante juez competente y reconocido.

Efectos de la Separación de Cuerpos:

  1. La separación de cuerpos no disuelve el matrimonio, pero suspende la vida común de los casados.
  2. La separación de cuerpos disuelve la sociedad conyugal, salvo que, fundándose en el mutuo consentimiento de los cónyuges y siendo temporal, ellos manifiesten su deseo de mantenerla vigente. Para que estas condiciones surjan a la vida jurídica, es necesario realizar el procedimiento adecuado, el cual sugerimos con el acompañamiento de un abogado para divorcios.
  1. Se determinará el cuidado de los hijos comunes y el aporte que deben dar para la manutención de estos.
  2. También si es el caso se determinará el monto para el sostenimiento de cada cónyuge o esposo.
  3. Decretada por un juez, por un término de más de 2 años de duración, puede ser alegada como una causal de divorcio.

¿Cuál es la diferencia entre la separación de cuerpos y el proceso de separación judicial?

La separación de cuerpo tiene una duración máximo de 1 a 2 años, y se hace por mutuo acuerdo. Sin embargo, la separación judicial será después de los 2 años ante un juez de familia, quién determina el proceso con el divorcio de los dos esposos.

Resumiendo, la separación de cuerpos es una figura jurídica que se realiza ante un juez o notario por un tiempo de 1 a 2 años, consiste en interrumpir la vida en común de los esposos quienes deben manifestar las razones por las cuales ya no quieren continuar con la convivencia; una vez transcurridos los dos años los interesados deben informar si existe intención de reconciliación o de iniciar el proceso de divorcio de manera definitiva. Cualquier inquietud sobre el tema puede ser consultado directamente con nosotros a través de un abogado divorcio online.

Como recomendación, es indispensable contar con la presencia de un abogado experto en familia, el cual es un abogado en divorcios, para que realice los trámites correspondientes y así terminar el proceso de conciliación o judicial de una manera satisfactoria.

Un abogado especialista estará gustoso de atenderte

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